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Preguntas Frecuentes
¿Está incluido el impuesto de matriculación
dentro en la financiación?
No se financian en la Línea impuestos ligados a la matriculación
del vehículo.
¿Es necesario que el vehículo que se achatarra
haya sido propiedad del cliente durante un período mínimo
de tiempo?
No se establece en la Línea ningún período
mínimo durante el cual el cliente haya tenido que ser titular
del vehículo que se achatarra.
¿Es posible comprar el vehículo a financiar
con fondos propios y posteriormente formalizar un contrato de financiación
dentro de la Línea?
Podrán financiarse los vehículos que se hayan adquirido
por el cliente con sus fondos propios con una anterioridad máxima
de un mes a la firma del contrato de préstamo/leasing, siempre
que además se cumplan todas las condiciones de la Línea.
No obstante, no podrá solicitarse financiación en
la Línea en los siguientes casos, con independencia de que
el vehículo se haya adquirido dentro del mes anterior:
- Que ya se haya formalizado un contrato de financiación,
dentro o fuera de la Línea ICO-PLAN VIVE, para la adquisición
del vehículo o
- Que el vehículo se haya adquirido antes de la entrada
en vigor de las nuevas condiciones de la Línea el 12-12-08.
¿Pueden financiarse vehículos de km 0?
Se trata de vehículos que ya han sido matriculados, y que
son financiables en la Línea siempre se cumplan todos los
requisitos establecidos para la financiación de vehículos
de segunda mano.
¿Se admite el achatarramiento de vehículos
matriculados fuera de España para acogerse a la Línea?
Para poder acogerse a la Línea, los vehículos viejos
que se achatarren deberán estar matriculados en España.
En caso de que el titular del vehículo a achatarrar
haya fallecido, ¿pueden los herederos acogerse a la Línea?
El vehículo a achatarrar deberá necesariamente estar
a nombre del heredero para que éste pueda formalizar la financiación
en la Línea.
En caso de que varias personas sean titulares del vehículo
que se achatarra, ¿puede solicitarse la financiación
y adquirirse el vehículo a financiar solo por uno o parte
de los titulares?
No se admitirá este supuesto. Quienes figuren como titulares
del vehículo a achatarrar deberán ser quienes formalicen
la financiación y adquieran el vehículo a financiar.
Un requisito para considerar un vehículo como “Vehículo
Innovador” es que incorpore sistemas de control electrónico
de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras. ¿Es
necesario que los citados sistemas se incorporen en ambas plazas
delentares o basta que se incorporen en una?
Será necesario que el vehículo incorpore estos sistemas
en ambas delanteras para considerar que se cumple este requisito.
>Fuente: ICO-Línea
ICO-Plan Vive.
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