Rekord Motor Plan Vive

 

Preguntas Frecuentes

¿Está incluido el impuesto de matriculación dentro en la financiación?
No se financian en la Línea impuestos ligados a la matriculación del vehículo.

¿Es necesario que el vehículo que se achatarra haya sido propiedad del cliente durante un período mínimo de tiempo?
No se establece en la Línea ningún período mínimo durante el cual el cliente haya tenido que ser titular del vehículo que se achatarra.

¿Es posible comprar el vehículo a financiar con fondos propios y posteriormente formalizar un contrato de financiación dentro de la Línea?
Podrán financiarse los vehículos que se hayan adquirido por el cliente con sus fondos propios con una anterioridad máxima de un mes a la firma del contrato de préstamo/leasing, siempre que además se cumplan todas las condiciones de la Línea.
No obstante, no podrá solicitarse financiación en la Línea en los siguientes casos, con independencia de que el vehículo se haya adquirido dentro del mes anterior:

  • Que ya se haya formalizado un contrato de financiación, dentro o fuera de la Línea ICO-PLAN VIVE, para la adquisición del vehículo o
  • Que el vehículo se haya adquirido antes de la entrada en vigor de las nuevas condiciones de la Línea el 12-12-08.

¿Pueden financiarse vehículos de km 0?
Se trata de vehículos que ya han sido matriculados, y que son financiables en la Línea siempre se cumplan todos los requisitos establecidos para la financiación de vehículos de segunda mano.

¿Se admite el achatarramiento de vehículos matriculados fuera de España para acogerse a la Línea?
Para poder acogerse a la Línea, los vehículos viejos que se achatarren deberán estar matriculados en España.

En caso de que el titular del vehículo a achatarrar haya fallecido, ¿pueden los herederos acogerse a la Línea?
El vehículo a achatarrar deberá necesariamente estar a nombre del heredero para que éste pueda formalizar la financiación en la Línea.

En caso de que varias personas sean titulares del vehículo que se achatarra, ¿puede solicitarse la financiación y adquirirse el vehículo a financiar solo por uno o parte de los titulares?
No se admitirá este supuesto. Quienes figuren como titulares del vehículo a achatarrar deberán ser quienes formalicen la financiación y adquieran el vehículo a financiar.

Un requisito para considerar un vehículo como “Vehículo Innovador” es que incorpore sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras. ¿Es necesario que los citados sistemas se incorporen en ambas plazas delentares o basta que se incorporen en una?
Será necesario que el vehículo incorpore estos sistemas en ambas delanteras para considerar que se cumple este requisito.


>Fuente: ICO-Línea ICO-Plan Vive.